Minuta Agropecuaria.-
La normativa de 12 artículos fue publicado en la Gaceta Oficial 41.272, de fecha 6 de noviembre y establece las siguientes premisas, según un texto publicado por el portal AVN.
1.- Integrará las empresas del sector agrícola que determine el Ministerio de Producción Agrícola y Tierras, mediante una resolución que debe ser publicada en Gaceta. Deben tener prioridad las organizaciones productivas de base y pueden incorporarse empresas privadas, mediante contratos.
2.- El objetivo de AgroSur es la unidad en la orientación, planificación, ejecución y fines, en la producción, industrialización, comercialización y financiamiento de bienes y servicios agrícolas.
3.- Pretende maximizar la eficiencia. Para ello, plantea esquemas conjuntos de adquisición de materias primas y uso colectivo de bienes y servicios.
4.- Se indica agilidad operativa y administrativa, con la aplicación de procedimientos que reduzcan el tiempo en la ejecución de actividades, sin sacrificar honestidad, racionalidad y transparencia.
5.- Debe incluir la contraloría social y la participación del pueblo organizado en la producción primaria y transformación de los rubros agroalimentarios.
6.- Puede establecer regímenes especiales diferenciados para las empresas y organizaciones de base, en materia de financiamiento, compras del Estado, procedimientos expeditos, contratos e incentivos.
7.- Entre sus funciones se prioriza: la producción primaria de rubros agrícolas, incluidos semillas e insumos agrícolas; la producción, comercialización y distribución de agroinsumos, equipos y maquinarias; la promoción de inversiones en el sector, especialmente en innovación tecnológica y científica; y la exportación e importación de rubros o insumos.
La junta directiva de Agrosur estará conformada por un presidente, que en la actualidad es el vicealmirante Reinaldo Castañeda, y cuatro directores principales, nombrados por el ministro de Agricultura Productiva y Tierras.